BOTÁNICA SISTEMÁTICA FUNDAMENTOS PARA SU ESTUDIO - Principio VI.

BOTÁNICA SISTEMÁTICA
FUNDAMENTOS PARA SU ESTUDIO
Principio VI. Las reglas de nomenclatura tienen carácter retroactivo salvo indicación en contra.
Al ser el Código relativamente reciente, los botánicos que trabajaron hace 100 o 200 años atrás no seguían estas reglas, por otra parte las ideas de los taxónomos están en constante variación, por lo que el Código es mejorado en cada Congreso Internacional de Botánica. Para aplicar las reglas en forma consistente, muchas de las regulaciones son hechas retroactivas es decir, tiene efecto sobre lo pasado.
Ejemplos:
- A partir del 1º de Enero de 1935, la diagnosis latina de nuevos taxones debe ser incluida en la publicación, sin embargo anterior a esta fecha las descripciones en otro idioma tienen validez, por ejemplo: nombres de Miller que fueron publicados en inglés, automáticamente quedaron validados.
- A partir del 1º de Enero de 1953 todos los nombres publicados en periódicos, catálogos comerciales y revistas no botánicas no son considerados como válidamente publicados aún con una diagnosis latina.
- A partir de 1º de Enero de 1958 un Holotipo debe ser designado para cada nuevo taxón.
- El género Conyza L. fue publicado en Species Plantarum en 1753, sin embargo todas las especies de este género fueron transferidas a otros géneros publicados en la misma obra. El uso de Conyza L., no obstante se prolongó equivocadamente durante muchos años.
Fue en 1832 cuando Lessing en su obra Synopsis Compositarum le dio una definición propia a Conyza y por ello los autores usaron este concepto pero naturalmente sin apego a las Reglas de la
Nomenclatura que no existían todavía o no eran seguidas.
No fue sino hasta recientemente que el Congreso Internacional de Botánica declaró Conyza Less., como nombre conservado en contra de Conyza L. nombre rechazado quedando Conyza Less., 1832 Conyza L., 1753
Nombres consagrados por largo uso son tratados como válidamente publicados, tales como los nombres de familia citados en el Artículo 18. Nota; de tal manera que su uso está permitido, como nombres alternativos. Los indicados en paréntesis son nombres automáticamente autorizados.
Palmae Adans. 1763 (Arecaceae Schultz Sch., 1832; Tipo: Areca L.).
Gramineae Adans. 1763 (Poaceae Barnhart, 1895; Tipo: Poa L.)
Cruciferae Adans. 1763 (Brassicaceae Burnett, 1835; Tipo: Brassica L.)
Leguminosae Adans. 1763 (Fabaceae Lindl., 1836; Tipo: Faba Mill. = Vicia L.)
Guttiferae Juss. 1789 (Clusiaceae Lindl., 1836; Tipo: Clusia L.)
Umbelliferae Juss. 1789 (Apiaceae Lindl., 1836; Tipo: Apium L.)
Labiatae Adans. 1763 (Lamiaceae Martinov, 1820; Tipo: Lamium L.)
Compositae Adans. 1763 (Asteraceae Martinov, 1820; Tipo: Aster L.)
Fuente: BOTÁNICA SISTEMÁTICA
FUNDAMENTOS PARA SU ESTUDIO
Carmen Benítez de Rojas (Coordinadora)
Alfonso Cardozo L.
Luis Hernández Ch.
Marlene Lapp
Héctor Rodríguez
Thirza Ruiz Z.

Pedro Torrecilla

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